Desde el punto de vista de la pedagogía, al tenor de la ontología de la Orientación como Campo de conocimiento disciplinar, sobre la base de la historia -particularmente en el origen de la Orientación en Colombia-, y enmarcado en la norma -Ley General de la Educación y el Decreto1860 de 1994- existe en este país un sentido en nuestro quehacer como orientadores en una Colombia que sea capaz de pensarse a sí misma y no sea “Una nación a pesar de sí misma”. Una nación que ha decidido renunciar a la guerra y a la violencia para abrirle paso a la paz.
En ese marco discursivo y de praxis no cabe el pensamiento de una orientación por funciones porque las funciones reducen la complejidad la orientación como un ejercicio con componentes pedagógicos, ontológicos, históricos, éticos, epistemológicos y de conocimiento disciplinar; a unas actividades simples, estáticas, mecánicas e instrumentales en una realidad compleja, caótica y nada funcional que se niega a ser asida.
La Resolución 1084 del 26 de febrero de 1974 crea el “Servicio de Orientación y Asesoría Escolar” para los establecimientos educativos oficiales del país por considerar que era el “medio más indicado, para llevar a cabo la tarea de prevención primaria de las enfermedades mentales, trastornos emocionales y perturbaciones psicosomáticas”. Es importante destacar que las instituciones públicas alcanzaban altos índices de afectación pero no en la magnitud que se presentan en la actualidad: de 100 consultas, entre 35 y 40 son de docentes por salud mental, y de estos, el orientador resulta ser el más afectado por el Síndrome de Agotamiento Profesional.
Desde ese entonces hasta la fecha, se pueden compilar muchas funciones, distintas en todo caso a las que actualmente asignan muchos rectores; precisamente porque para la mayoría de los directivos docentes función es sinónimo de tarea, de apéndice y muchos no reconocen a la Orientación como un Campo de conocimiento complejo.
Repartir refrigerios, subir las alertas, diligenciar las inscripciones en el ICFES y en el Ministerio de Defensa, listar a los estudiantes de Servicio Social, entregar informes, reemplazar a directivos en reuniones, atender restaurantes y hasta reemplazar docentes, son funciones establecidas por directivos docentes, apoyados en la parte final de cualquier acto administrativo que termina diciendo: “y las demás que le asigne el rector o director del establecimiento”. Estas actividades no alcanzan a ser siquiera “funciones principales” ni “esenciales” contenidas en el Decreto 1075 de 2015, la Resolución 15386 de 2016 y la directiva Ministerial 50 de 2017.
¿Vale la pena entonces insistir en funciones en una escuela compleja, atravesada por relaciones culturales, emocionales, conocimientos escolares, saberes de sentido común y de poder?
Veamos. El concepto de funciones proviene del Estructuralismo y del Funcionalismo, dos escuelas de pensamiento que emergen con las Ciencias Naturales hace varios siglos. En la historia social de la Ciencia, las ciencias de nivel Antrópico (Vasco, 1990, 15) copiaron el modelo, los métodos y estructuras de las ciencias Bióticas para organizar la sociedad y explicar su funcionamiento. Se asumía, por ejemplo, que la sociedad debía comportarse como el cuerpo humano; que cada órgano social cumplía una función y debía hacerlo como el órgano biológico.
Prácticamente, se intentó hacer una transferencia de la fisiología del cuerpo y de la naturaleza a las relaciones humanas, aspirando a que las organizaciones sociales maniobraran de la misma manera. Si la sociedad o la institución actuaba de manera contraria, sería calificada como disfuncional y hasta “anormal”.
Las revoluciones tecnológicas han logrado calcar, en las máquinas y herramientas, algunos modelos de la naturaleza. El robot, el avión, la vivienda se pueden tomar como ejemplos.. En una caja de cambios, el reverso de un auto cumple una función inconfundible e insustituible en cualquier lugar del mundo.
Pronto, esa entelequia de imitar el funcionamiento fisiológico en lo social, tal cual como lo natural, fue cuestionada y devastada por otras escuelas de pensamiento diferentes al Estructuralismo y al Funcionalismo y al Estructural-funcionalismo. Estas nuevas corrientes de pensamiento, planteaban que la estructura y el funcionamiento de los seres bióticos y abióticos dista mucho de las acciones y la organización humana, puesto esta es dinámica, cambiante, dialéctica, inconmensurable e impredecible.
No obstante, el Estado colombiano, por nombrar un caso, se cobijó en este pensamiento estructural-funcionalista: la administración es lineal y sus funciones son rígidas, tanto que, si algún funcionario las transgrede, hay normas para sancionarlo (en el papel), teniendo en cuenta muchas circunstancias. Esto se ve reflejado en el día a día de los colegios públicos. La atención a un niño que se accidenta dentro del colegio no es función determinada del orientador o coordinador; por solidaridad, humanidad y compromiso con la vida lo debe hacer el docente que presencie la fatalidad, aunque la ley también lo obliga.
En la relación de ser humano con las funciones naturales; si, verbi gracia, un ojo no cumple con la función de ver, no se condena sino que se busca el restablecimiento de la visión por distintos medios. Si una pata, que está criando a sus patitos, muere, éstos quedan desprotegidos. Pero si los patitos se le acercan a una gallina para que los arrope, ésta termina haciéndolos suyos y no se resiste a criarlos junto con los pollitos. Rómulo y Rómulo son otro ejemplo de relación entre mamíferos en torno de las funciones vitales de los seres vivos.
Todo esto para provocar un debate serio y argumentado acerca de si los orientadores debemos guiarnos por funciones o debemos asumirnos como: sujetos de saberes disciplinares variados, intelectuales, trabajadores de la cultura; cuyas acciones giran alrededor tanto del quehacer pedagógico como del sentido de la orientación.
Si tuviésemos funciones, nos asimilaríamos mucho al directivo docente, al funcionario administrativo, al burocrático funcionario público o al operario que cumple tareas específicas en una factoría. Los orientadores no somos administrativos ni lo hemos sido, salvo quienes desconozcan la historia; de ahí que la directiva 50 expedida por el MEN también se ocupó de aclarar y precisar este quehacer, apoyándose en el Decreto 1075 de 2015 y la Resolución 15386 de 2016 para así “evitar que estos docentes tengan funciones administrativas”.
¿Por qué la acción?
Hannah Arendt sostenía, que en la esfera humana hay tres asuntos básicos a saber: la labor, el trabajo y la acción.
La labor es la actividad correspondiente al proceso biológico del cuerpo y está relacionada con necesidades vitales del ser, con procesos circulares orgánicos, con funciones. La docencia no se ejerce en esa lógica.
El trabajo, por su parte, es la actividad que corresponde a lo no natural de la exigencia del hombre. El trabajo proporciona un “artificial” mundo de cosas, claramente distintas del todas las circunstancias naturales.
Entre tanto, la acción es la única actividad que se da entre seres humanos sin la mediación de cosas o materias. Corresponde a la condición humana de la pluralidad, al hecho de que los humanos vivimos en el planeta y habitamos el mundo. La acción es indivisible del lenguaje, por lo que es una actividad que no está referida a materiales sino a la comunicación.
La acción está ligada a las relaciones entre las personas, tiene que ver con la política, con el poder y con el saber. Y la política, al decir de Arendt, es impensable fuera de la sociedad, no tanto como condición sine qua non sino per quan de hombre y de la mujer. Ahora bien, no se debe desconocer que las relaciones humanas, en el caso de la educación, pasan por lo pedagógico, lo emocional, lo político y por lo cultural.
Ricardo Lucio (citado por Mejía, 1997, 211), creador del programa de Aceleración en algunas escuelas distritales, finalizando el decenio de 1990, al referirse a la acción, identificó cinco tipos:
- La Acción real, concreta, mediante la cual transformo físicamente al mundo. La Acción representada, mediante la cual reconstruyo mentalmente o identifico en un contexto esos procesos.
- La Acción abstracta, mediante la cual no manipulo cosas concretas, sino conceptos, imágenes, resultantes de la cristalización de acciones anteriores, como cuando se saca la raíz cuadrada de una cantidad o se aplica el teorema de Pitágoras. La Acción sobre las cosas del mundo, o acción sobre las personas, que puede transformarse en acción social o inter-acción.
- La Acción construida directamente por mí o reconstrucción mental (generalmente valiéndose uno de las representaciones cifradas -tales como el texto o el relato- de las acciones de otros), como sucede en la investigación de los procesos históricos o en la narración.
El ejercicio de la docencia no escapa a la tipología del profesor Lucio. Empero, la Acción sobre las cosas del mundo o acción sobre las personas, que puede transformarse en acción social o inter-acción y la Acción construida directamente por mí o reconstrucción mental, generalmente valiéndose uno de las representaciones cifradas tales como el texto, el relato o de las acciones de otros, como sucede en la investigación de los procesos históricos o en la narración; son las que nos posibilitan, haciendo uso de nuestro propio entendimiento, de nuestra mayoría de edad. Nos permiten pasar de un esquema funcional e instrumental a la acción en una institución escolar compleja, llena de elipsis e hipérboles, que se resiste a dinamizarse a través de modelos instrumentales, operativos proscritos.
En esa línea de ideas, la Acción sobre las cosas del mundo reside en transformar el objetivo de los contenidos del artículo 92 de la ley 115 de 1994 y en el artículo 40 del Decreto 1860, que lo desarrolla, en Acciones.
Los desarrollos que ha hecho el Servicio Civil para las convocatorias de docentes orientadores, los contenidos de las evaluaciones de Desempeño y la Evaluación de Carácter Diagnóstico Formativa, el Manual de Funciones y algunas respuestas a Derechos de Petición -como el del Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica de la Secretaría de Educación de Bogotá DC, a una colega el 04 02 2015- y lo concerniente al Manual de Funciones; dejan en evidencia el posicionamiento que han tenido la Ley General de la Educación y el concepto de docente orientador, que efectivamente pesaron en la elaboración de la Directiva ministerial 50 de 2017, sobre el quehacer del docente orientador.
La acción del docente orientador
- Acciones en cuanto a Promoción de los Derechos Humanos en la comunidad educativa, contribuyendo con el pleno desarrollo de la personalidad de los educandos en cuanto a:
- La toma de decisiones personales
- La identificación de aptitudes e intereses
- La transformación de los conflictos y problemas individuales, familiares y grupales.
- La participación en la vida académica, social y comunitaria.
- El desarrollo de valores
- Las demás relativas a la formación personal de que trata el artículo 92 de la Ley 115 de 1994.
- Acciones relativas al desarrollo de procesos de investigación socioeducativa de manera individual y en colectivo.
- Participación activa en la dinamización de los órganos del Gobierno Escolar, Comisiones de evaluación, comités de convivencia y en eventos externos propios del Campo disciplinar (Mesas de orientadores, seminarios, reuniones multisectoriales, cursos, foros, pasantías, comisiones, etcétera).
- Prevención de situaciones de violencia en la dinámica de la convivencia escolar.
- Atención a problemas relativos al proceso de aprendizaje de los educandos, estudio de caso, trabajo en grupo y con la comunidad educativa.
Compañeras y compañeros: ¡Para avanzar en la Acción es importante asumir la Mayoría de edad! Mayoría de edad en términos Kantianos, es decir, valernos de nuestro propio entendimiento y no dejarnos llevar por la dirección de quienes ignoran el sentido de la orientación escolar y de aquellos que desconocen nuestro quehacer como pedagogos.
El docente orientador no puede ser inferior a su rol de intelectual y trabajador de la cultura. El docente orientador no se puede quedar como El fogonero, en el personaje de Kafka, quejándose y declarándose víctima de las injusticias que comete el capitán (léase el rector o coordinador); le compete empoderarse como sujeto de Derechos, garante y defensor de los mismos.
El docente orientador, con su buena voluntad, con la honradez que lo caracteriza y con el sentido de justicia que lo enfila, debe oponerse a los arbitrios del capitán, tal como nos lo enseña Karl Rossmann. El expulsado, el emigrante que defiende al fogonero, pero que ante las indicaciones y la implacable ley del adoptante norteamericano, se emancipa logrando la protección de un tío materno. Un tío Sam que “le presenta un futuro lleno de oportunidades ilimitadas con tal de no transgredir una voluntad que ha de adivinar en cada momento”.
Ante la situación, se pregunta el joven europeo, enviado por sus padres, a América (Kafka, 2013) como castigo: “¿Qué resulta más tiránico: el cumplimiento de una ley claramente escrita, o la que debemos de atisbar en la mente de nuestro protector?” nos pregunta Karl. ¡En su praxis tiene la respuesta, colega!
José Israel González Blanco
Algunas fuentes consultadas.
Arendt, H (1993). La condición humana. Barcelona: Paidós.
Kafka, F. (2013) América. Barcelona: Fontana.
Lucio, R. (1994). La construcción del saber y del saber hacer. Aportes, (41), 39-50.
Mejía, M. (2015) La sistematización empodera y produce saber y conocimiento. Bogotá DC, ediciones Desde abajo.